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Documento BOE-B-2020-44803

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 1 de diciembre de 2020, páginas 59206 a 59206 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-44803

TEXTO

Edicto

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 797/2020, con NIG 2906742120190040615 por auto de fecha 14/07/20 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Jose Alberto García Mata, con NIF n.º 25721384R y domicilio en C/ Viñas n.º12, Alhaurín de la Torre (Málaga 29130) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Alhaurín de la Torre.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la Administración concursal.

3º- Que la administración concursal la integra Resolvensless S.L.P. (Representada por D/Dª Mª Isabel Robles Lucas con DNI Nº 25.058.126-V) con CIF: B42537290, de profesión economista-administrador concursal, con domicilio sito en Esplanada de España nº1, 4º Izqda. 03002 Alicante, teléfonos de contacto 965923114, 617 32 48 32 y 681 04 04 93 y dirección de correo electrónico que designa a efectos de comunicación de créditos: administracion@resol-concursal.es No se aceptarán comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

4º.-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 26 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Julia Medina Achirica.

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