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Documento BOE-B-2020-44426

Extracto de la Orden de 23 de noviembre de 2020 por la que se convoca, para el año 2021 mediante tramitación anticipada, la concesión de las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, por el que se crea un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero, correspondientes al año 2020

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de noviembre de 2020, páginas 58744 a 58745 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2020-44426

TEXTO

BDNS(Identif.):535152

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/535152).

Primero.-

Beneficiarios.

Sociedades mercantiles del sector privado, estén o no incluidas en régimen de comercio de emisiones, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud, que realicen una o varias actividades en los sectores o produzcan los productos enumerados en el anexo II de las Directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo.

Segundo.-

Objeto.

Compensación por costes de emisiones indirectas de CO2, al amparo de lo establecido en los apartados 15 y 16 del artículo 10 bis de la Directiva 2009/29/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Tercero.-

Bases reguladoras.

Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2014.

Real Decreto 655/2017, de 23 de junio, publicado en el BOE de 12 de julio de 2017.

Cuarto.-

Cuantía.

La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 4.200.000 euros. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.

Quinto.-

Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el 17 de mayo hasta el 15 de junio de 2021.

Madrid, 23 de noviembre de 2020.- Ministra de Industria, Comercio y Turismo, por delegación (Orden ICT/42/2019, de 21 de enero, BOE de 24 de enero), Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Raúl Blanco Díaz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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