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Documento BOE-B-2020-43953

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 27 de noviembre de 2020, páginas 58197 a 58197 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-43953

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido Ley Concursal, anuncia:

En la presente Pieza Separada del Concurso Consecutivo 721/19, se ha dictado Sentencia de fecha 23 de Noviembre de 2.020 por la que se ha declarado la conclusión del presente procedimiento concursal referente al deudor Dña. Irina Tryasorukova con NIF X7549303J, estimando la oposición a la rendición de cuentas de la administración concursal formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante, dada su subsanación con la contestación a la demanda del informe, se acuerda aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio propias de su declaración de concurso.

El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.

Almería, 23 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.

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