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Documento BOE-B-2020-43019

Dirección General de Energía, Minería y Reactivación de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción económica del Principado de Asturias. Resolución de otorgamiento de las Concesiones de Explotación geotérmica de Fondón nº30.781B y Candín nº30.782A, a favor de Hulleras del Norte S.A., S.M.E.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de noviembre de 2020, páginas 56892 a 56892 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2020-43019

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículo 78.2 de la Ley 22/73, de 21 de julio, de Minas y 101.5 del Reglamento General para el Régimen de Minería (R.D. 2857/1978 de 25 de agosto), se hace público que por Resoluciones de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica han sido otorgadas las Concesiones de Explotación derivadas de Permisos de Investigación que a continuación se relacionan, con indicación de su nombre, número, mineral, extensión, términos municipales, fechas de otorgamiento y titular:

Fondón nº 30.781B, recursos geotérmicos, 90 cuadrículas mineras, Langreo, San Martín del Rey Aurelio y Mieres, 22 de octubre de 2019, Hulleras del Norte, S.A.

Candín nº 30.782A, recursos geotérmicos, 90 cuadrículas mineras, Langreo, San Martín del Rey Aurelio y Siero, 22 de octubre de 2019, Hulleras del Norte, S.A.

Dichas Resoluciones, cuyo contenido ha sido comunicado a los interesados, y que pueden ser examinadas en las oficinas de la Dirección General de Energía, Minería y Reactivación, durante el plazo que seguidamente se señala, ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de esta publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, 19 de octubre de 2020.- Jefe del Servicio de Promoción, Desarrollo y Seguridad Mineros, Santiago Berjano Serrano.

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