Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-40635

COLMENAR VIEJO

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de noviembre de 2020, páginas 53937 a 53937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-40635

TEXTO

En el procedimiento Concurso Abreviado, número 334/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº. 2 de Colmenar Viejo se ha dictado el 29 de enero de 2020 AUTO de exoneración del pasivo no satisfecho de persona física. Concursado doña Ana Belén Serrano Abad y don Juan Manuel Guerrero Salamanca, siendo representados por el Procurador señora Silvia Vázquez Senín, y Administrador Concursal don Antonio López Mangudo.

Procediendo la publicación del siguiente extracto de la referida resolución, extracto que se extiende según lo indicado en el artículo 21 de la Ley Concursal:

Auto

El/La Juez/Magistrado-Juez Que Lo Dicta: Doña María José Mendoaz Álvarez.

Fecha: 29 de enero de 2020.

Parte dispositiva.

SSª acuerda.- la exoneración del pasivo concursal no satisfecho calificado en el concurso como ordinario o subordinado de los concursados don Juan Manuel Guerrero y Salamanca D.N.I.53.496.713-R, y doña Ana Belén Serrano y Abad D.N.I.07.506.340-Z.

Respecto de las deudas exoneradas provisionalmente ninguno de los acreedores podrá realizar reclamación alguna por principal o intereses contra el deudor salvo que concurrieran alguna de las causas legales de revocación del beneficio previstas en el artículo 178 bis 7 en los plazos previstos en dicho precepto.

Contra este auto cabe interponer recurso de reposición respecto de los pronunciamientos relacionados con la exoneración.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Colmenar Viejo, 28 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Rocío Perales Belizón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid