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Documento BOE-B-2020-39418

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de noviembre de 2020, páginas 52359 a 52360 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39418

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 4 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000989/2019 habiéndose dictado en fecha 30 de octubre de 2020 por el Ilústrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 4 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1º.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000989/2019, promovido por el Procurador señor Bonacasa Fores, Eduardo Facundo, en nombre y representación de la mercantil Tableros Castells, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite, por insuficiencia de activos patrimoniales de la concursada.

2º.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3º.- Se acuerda disponer el cese de la Administración concursal I.Ley asesores jurídicos y financieros, S.L., con CIF B98699903 representada por don Alfonso Pérez Pretel con NIF Nº 26174374Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4º.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil concursada Tableros Castells, S.A., con C.I.F. A46127114, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5º.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 30 de septiembre de 2020.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Bocanasa Fores, Eduardo Facundo, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC y artículo 481 TRLC).

Valencia, 30 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.

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