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Documento BOE-B-2020-38183

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de octubre de 2020, páginas 50786 a 50786 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-38183

TEXTO

EDICTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1549/2020 -1º.

NIG: 0801947120208016662.

Fecha del auto de declaración. 5 de octubre de 2020 y Auto Aclaratorio de fecha 6 de octubre de 2020.

Clase de concurso. consecutivo sin masa.

Entidad concursada. Enrique Borras Marinel.lo, con 46114238C.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Jordi Safons Vilanova, con domicilio en calle avenida Diagonal 442 Bis, principal, código postal 08037 de Barcelona, telefono 93 301 30 33 y correo electrónico: jsafons@icab.es

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5ª Liquidación:

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposiblidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 dias para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el Informe del artículo 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberan presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 19 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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