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Documento BOE-B-2020-376

PONTEAREAS

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2020, páginas 515 a 516 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-376

TEXTO

Xulgado do 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Ponteareas,

Hago saber:

Que en este órgano judicial y con el nº 225/2019,se sigue a instancia de Rosario Pereira Moreira, expediente para la declaración de fallecimiento de don Daniel Pereira Moreira, en el que se ha dictado en el día de la fecha la resolución del contenido literal siguiente.

DECRETO: Letrada de la Administración de Justicia doña Rebeca Tardaguila Rodríguez.

En Ponteareas, a 11 de noviembre de 2019.

Antecedentes de hecho: Por doña Rosario Pereira Moreira, se ha presentado solicitud promoviendo expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración de fallecimiento de su hermano don Daniel Pereira Moreira, con DNI Nº 76915646N, nacido en día 17 febrero de 1950, en La Cañiza, Pontevedra, hijo de Daniel Augusto y Teresa, con último domicilio conocido en calle Calzada nº 28, Bajo de La Cañiza, Pontevedra, el cual desapareció de su domicilio hace unos veintiséis años, sin que se haya sabido nada más de él,desde aproximadamente en año 1993. En el año 1997 se interpuso denuncia por la desaparición de Daniel Pereira Moreira, sin que se haya tenido noticia alguna hasta ahora de su paradero.

Fundamentos de Derecho. La presente solicitud se tramitará conforme a lo dispuesto en los art. 70 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015, Parte Dispositiva:

Acuerdo:

1º.- Admitir a trámite la solicitud, promoviendo expediente de jurisdicción Voluntaria, presentada por Rosario Pereira Moreira para la declaración de fallecimiento de don Daniel Pereira Moreira, con DNI Nº 76915646n.

2º.- Se convoca a una comparecencia que se celebrara en este juzgado el próximo día 23 de enero de 2020 a las 10:00 horas, a la promovente, al ministerio fiscal, a los parientes conocidos mas próximos del ausente hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, asi como a todos aquellos que pudieran tener interés en la declaración de ausencia.

3º.- Publíquese la presente resolución por edictos que se insertaran en el Boletín Oficial del Estado y en el ayuntamiento de A Cañiza donde el ausente ha tenido su último domicilio, por dos veces, con intervalo mínimo de ocho días, haciendo constar en los edictos que podrá intervenir en la comparecencia cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de ausencia. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El Letrado de la Administración de Justicia y para su publicación en el tablón de anuncios del boletín oficial del estado, por dos veces, con intervalo mínimo de ocho días, haciendo constar que podrá intervenir en la comparecencia señalada, cualquiera que pudiera tener interés en la declaración de fallecimiento, expido y firmo el presente edicto.

Ponteareas, 26 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Rebeca Tardaguila Rodríguez.

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