Edicto
Doña IRENE ORTIZ PLAZA, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid.
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º Que en el procedimiento concurso abreviado n.º 58/2014 por auto de fecha 03/06/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa NINE STORE, S.L., art. 176 bis 2 y 3.
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 3 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
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