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Documento BOE-B-2020-35040

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de octubre de 2020, páginas 46699 a 46699 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-35040

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 204/2020, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 2 de octubre de 2020 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Camyfon, S.L., con CIF B-36.032.605, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Martínez Garrido, n.º 43, 36205, de Vigo (Pontevedra).

2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la deudora.

3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4.º La Administración concursal, estará integrada por la sociedad ABAC CONCURSAL, S.L.P., con CIF núm. B-27.767.383, ejerciendo de Administrador Concursal el economista, D. ARTURO VILLANUEVA LÓPEZ-BALLESTEROS, con DNI núm. 36.017.834-H, y domicilio en la calle Urzaiz, núm. 38, 1-D, Código Postal 36201 de Vigo (Pontevedra), teléfono 986223255, y e-mail concursocamyfon@gmail.com.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 28.1.5.º del TRLC.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512.1 del TRLC).

Vigo, 2 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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