El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 1 de octubre de 2020, acordó, al amparo de lo previsto en el artículo 31.2.g), en relación con el artículo 30.5, letras b) y ñ), del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y el artículo 26 de las Normas de Gestión y Funcionamiento Interno del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón (BOE 21 de junio de 2017) modificadas mediante acuerdos del órgano de administración el 15 de marzo de 2018 (BOE de 20 de abril de 2018) y 2 de junio de 2020 (BOE 27 de junio de 2020), delegar a favor del Presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón las facultades necesarias para tomar las decisiones que corresponden al órgano de contratación durante la tramitación de la licitación para la contratación de las obras de instalación de cierre perimetral mixto de seguridad y protección ambiental sensorizado del Puerto del Musel, así como para la adjudicación y formalización del contrato.
Lo que se hace público para general conocimiento. EXP2020/002565
Gijón, 2 de octubre de 2020.- El Presidente, Laureano Lourido Artime.
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