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Documento BOE-B-2020-34538

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de octubre de 2020, páginas 46090 a 46090 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-34538

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 598/2020, con NIG 1808742120200013215 por auto de 22 de septiembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la deudora NUEVA COREMA GRANADA 2014, S.L., con CIF B19693167 con domicilio Churriana (Granada) Polígono Industrial San Cayetano, calle Toledo s/n, Edificio Santa Clara.

El presente concurso n° 598/20 se declara de forma conjunta con el concurso de don Álvaro Jiménez Navarro (concurso nº 738/2020) y don Ángel Jiménez Navarro (concurso nº740/2020), a efectos de su tramitación coordinada en los términos del artículo 25 ter de la LC. Ello no supone la unificación de los procedimientos, sino que cada concurso proseguirá con su propio número, al que deberán dirigirse de forma expresa los escritos que a cada uno se refieran.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido la sociedad Scio Veritas, S.L.P., con domicilio en calle Plaza Campo Verde nº 3, 3º, 18001 de Granada y correo electrónico epalomar@sveritas.net, siendo la persona natural que lo representa don Emilio Pedro Palomar Joyanes, de profesión economista.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 LC.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5º.- Que el Registro Público Concursal donde se públicaran las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp

Granada, 6 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

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