Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, número 2, de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento CNA 162/17, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso con fecha 23 de septiembre de 2020, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de declarar en concurso a ESMERALDA VARELA HAZ E HIJO, S.L., con C.I.F. B-70.113.956, con domicilio social en la calle Gambrinus, número 65, de Coruña; inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, hoja C-41.930, tomo 3.232, folio 46. Con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad ESMERALDA VARELA HAZ E HIJO, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Así lo manda y firma SSª D.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe.
A Coruña, 28 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.
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