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Documento BOE-B-2020-33987

Extracto de la Resolución de 1 de octubre de 2020, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan mediante tramitación anticipada la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+» durante 2021 de Asociaciones Estratégicas para dar respuesta a la situación derivada de la covid-19.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 7 de octubre de 2020, páginas 45302 a 45304 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-B-2020-33987

TEXTO

BDNS (Identif.): 526365

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/526365)

Publicadas mediante Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2014), las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+», se hace preciso adoptar una nueva convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de ayudas a Asociaciones Estratégicas para dar respuesta a la situación derivada de la Covid-19, Asociaciones para la Creatividad, para el ejercicio económico 2021, en régimen de concurrencia competitiva,

1.-Convocatoria y cuantías.

a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo del Programa "Erasmus+", el importe asignado a España para la gestión de la presente convocatoria en el ámbito de la Acción Clave 2, en régimen de concurrencia competitiva, asciende a 2.479.825,00.

b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

2.-Distribución de las ayudas convocadas.

Los fondos asignados a España para esta acción descentralizada se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.

3.-Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.

Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.

Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente el formulario específico para la acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.erasmusplus.injuve.es/).

4.-Plazo de presentación de solicitudes.

Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas del 29 de octubre de 2020, para proyectos que empiecen entre el 1 de marzo y el 30 de junio del año 2021.

5.-Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.

Los siguientes objetivos generales:

Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.

Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.

Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes.

Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.

Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Además, el programa de trabajo de la Agencia Nacional establece las siguientes prioridades nacionales, que serán tenidas en cuenta en la selección y valoración de los proyectos:

Desarrollo de habilidades y competencias relevantes y de alta calidad, especialmente aquellas dirigidas a fomentar la empleabilidad y el desarrollo socioeducativo y personal, así como la participación en la vida social y cívica.

Promoción de la educación y aprendizaje permanente, educación no formal e informal y el trabajo en el ámbito de la juventud (incluido el trabajo digital en dicho ámbito) con un componente cultural y creativo.

Promover la educación para el emprendimiento, el emprendimiento social y las actividades sin fines de lucro entre los jóvenes.

Inclusión social: acciones que ayudan a abordar la diversidad y promueven, en particular a través de enfoques innovadores e integrados, la apropiación de valores compartidos, la igualdad, incluida la igualdad de género y la lucha contra la violencia de género, la no discriminación y la inclusión social. También habrá una especial atención a la juventud en el medio rural y sus problemas específicos.

Proyectos que traten temas relacionados con la lucha contra la radicalización y violencia en los jóvenes.

Fomento de la inclusión y la empleabilidad de los jóvenes con menos oportunidades (incluidos los jóvenes que no estudian, no trabajan y no reciben formación), con especial énfasis en los jóvenes en riesgo de marginación.

Proyectos de concienciación y sensibilización medioambiental: uso racional de recursos, sostenibilidad para no comprometer los recursos de las futuras generaciones. Promoción de hábitos de vida saludable.

Desarrollo de las competencias digitales, como el conjunto de conocimientos y habilidades que permiten el uso seguro y eficiente de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

En la Guía del Programa se especifican otros objetivos y prioridades generales y para esta acción a tener en cuenta.

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.erasmusplus.injuve.es/) para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.

Madrid, 1 de octubre de 2020.- María Teresa Pérez Díaz - Directora General del Instituto de la Juventud.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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