Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-33928

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 7 de octubre de 2020, páginas 45202 a 45202 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-33928

TEXTO

D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Palma, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial 293/2020 y N.I.G. 07040 42 1 2020 0000975 se ha dictado, en fecha de 24 de marzo de 2020, auto de declaración de concurso voluntario consecutivo de D. Cristian Marín, con N.I.E. X8479318T.

2º.- Que se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del concursado.

3º.- Que se ha nombrado como administración concursal al abogado D. José Caldentey Aguiló, con D.N.I. 34065992W, quien ha aceptado el cargo con fecha de 19 de mayo de 2020.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Avenida Alemania, 15, escalera B, 8ª-2, 07003 Palma o dirección de correo electrónico josecaldentey@telefonica.net, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma, 20 de mayo de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid