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Documento BOE-B-2020-33904

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 7 de octubre de 2020, páginas 45178 a 45178 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-33904

TEXTO

Xavier Garcia Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 811/2020 Sección: B.

NIG: 0801947120208008497.

Fecha del auto de declaración: 1 de julio de 2020 y Auto de aclaración de fecha 4 de septiembre de 2020.

Clase de concurso: Consecutivo.

Entidad concursada: JOSÉ TOMÁS LLACAY, con DNI-77828900M, con domicilio en la calle Sant Jeroni, n.º 47 (08105 Sant Fost de Capcentelles), en situación de concurso consecutivo», debe decir y leerse como D.N.I. correcto del concursado el de número 37.265.256N.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: SANTIAGO BASART PINATEL·LI, Abogado, con D.N.I. 46571834B. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio: c/ Riera Pere Fita, n.º 63, A, local 3 - 08350 Arenys de Mar (Barcelona). Y, para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico: sbasart@pertu.cat, teléfono de contacto n.º 937920517 y fax n.º 938254543.

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 14 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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