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Documento BOE-B-2020-33715

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 6 de octubre de 2020, páginas 44920 a 44920 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-33715

TEXTO

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 166/2016, seguido a instancia de la Procuradora Doña Soledad Granda Calderín en nombre y representación de Reformas Reforcan Gran Canaria, S.L., con CIF B-76125095, se ha dictado Auto de fecha 1 de septiembre de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

1.- No constando la existencia de bienes o derechos para satisfacer los créditos contra la masa, se declara la conclusión y el archivo del concurso de acreedores de la mercantil "Reformas Reforcan Gran Canaria, S.L.".

2.- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, y el cese de su actuación.

3.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor respecto de su patrimonio subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación o de lo previsto en la Ley Concursal.

4.- Se acuerda la extinción de la mercantil "Reformas Reforcan Gran Canaria, S.L.", con CIF B-76125095, y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil que corresponda, librándose para ello los mandamientos oportunos.

5.- Procédase a dar la debida publicidad a esta resolución en los términos del art. 177 LC, mediante su publicación edictal en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

6.- Notifíquese la resolución a las partes.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

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