EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº1 de Granada, en cumplimiento de lo Dispuesto en el artículo 23 de La Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 431/2018, con NIG 1808742120180000319 por auto de 23 de septiembre de 2020 se ha declarado en concurso necesario al deudor GRANADA PROMUEVE Y CONSTRUYE, S.L., con cif B18582874 con domicilio en social en Granada, calle Manolete nº 21 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la Administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido la sociedad Altair Auditores, S.L.P., con domicilio postal en calle Camino de Ronda nº 55, 9º B, Granada y dirección electrónica despacho@fernandez-crehuet.com, siendo la persona natural que la representa don Federico Fernández-Grehuet Navajas de profesión economista.
El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 LC.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5º.- Que el Registro Público Concursal donde se públicaran las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp
Granada, 30 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Plar Raya García.
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