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Documento BOE-B-2020-32604

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 1 de octubre de 2020, páginas 43527 a 43527 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-32604

TEXTO

En este Juzgado, y en el procedimiento Concurso Abreviado de Persona Física - 000168/2017, seguido a instancia de Carlos Enrique Domingo Martínez DNI núm. 24329457B, María Alicia Domingo Martínez con DNI núm. 24304842V se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice:

Parte Dispositiva

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Dº Carlos Enrique Domingo Martínez, María Alicia Domingo Martínez

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R. D. L. 3/2009) y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al procurador de los concursados Carlos Enrique Domingo Martínez, María Alicia Domingo Martínez a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Se acuerda expedir mandamiento al Registro Civil de la localidad de Valencia, Doña Alicia Domingo Martínez nacida 2/3/1966 y Chiva, Don Carlos Domingo Martínez, nacido el 14/1/1966 acompañando testimonio de la resolución firme para la anotación marginal de la presente, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L. C.) y tiene carácter de firme.

Lo acuerda y firma D Ignacio Wenceslao Lujan Muñoz, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Valencia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma, y dar cumplimiento al mandamiento judicial se expide el presente.

Valencia, 23 de septiembre de 2020.- Magistrado Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Valencia, Ignacio Wenceslao Luján Muñoz.

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