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Documento BOE-B-2020-29502

Resolución de 3 de septiembre de 2020, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de modificación de la Orden APA/1397/2018, de 14 de diciembre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Láctea, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de comunicación y promoción de la leche y los productos lácteos, fomentar la transparencia en la cadena láctea, contribuir a la vertebración sectorial e impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en el sector lácteo, durante un período de cuatro años.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 12 de septiembre de 2020, páginas 39561 a 39561 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2020-29502

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, y modificado por Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Organización Interprofesional Láctea, INLAC, en la reunión de la Asamblea General celebrada el 15 de abril de 2020, cuyo texto literal, según certificación aportada, figura en el Anexo I.

El texto íntegro del acuerdo, así como el resto de la documentación del expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica, puede ser consultado, presencialmente, en la Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – Pº Infanta Isabel, 1 – Madrid. O bien a través de la siguiente ruta de la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

"Inicio/Alimentación/Vertebración sectorial e integración asociativa/Interprofesionales/Extensiones de norma en tramitación"

Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de septiembre de 2020.- El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

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