El Juzgado mercantil nº9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 552 del Texto refundido de la Ley concursal
HACE SABER:
1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 328/2014 por auto de fecha 07/09/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso INGABSA CONSULTORES SL por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 249, 250.1 y 2.del TRLC
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485 del TRLC, declarar su extinción.
Madrid, 8 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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