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Documento BOE-B-2020-29107

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 11 de septiembre de 2020, páginas 39119 a 39119 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-29107

TEXTO

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 191/08, negociado 5, referente al deudor la entidad AKRON GRÁFICA, S.L., con C.I.F. B-41905449 y domicilio en Parque Sevilla Industrial, Sevilla Parsi, n.º 6, manzana 6, parcela 1, nave 13-2. Sevilla, por auto de fecha 19-12-2018, se ha dictado auto de conclusión de concurso, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Que debo acordar y acuerdo:

La conclusión del proceso concursal de la entidad AKRON GRÁFICA, S.L., con C.I.F. B-41905449 y domicilio en Parque Sevilla Industrial, Sevilla Parsi, n.º 6, manzana 6, parcela 1, nave 13-2., Sevilla, llevado en este Juzgado con el número de autos 191/08.

Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón judicial electrónico.

Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. Dado que el concursado no tiene procurador en autos y no hay administración concursal, remítase mandamiento al registro mercantil para la inscripción de la conclusión del concurso directamente por la oficina judicial.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi resolución, lo pronuncio, mando y firmo."

Sevilla, 8 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.

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