Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-28857

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de septiembre de 2020, páginas 38771 a 38772 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-28857

TEXTO

Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 808/2020 Sección: 2

NIG: 0801947120208008485

Fecha del auto de declaración. 8 de julio de 2020.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad concursada. AFZAAL AHMED con NIE X6884952V.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Juan Antonio Ruiz Pinazo.

Dirección postal: Ronda Sant Pere 27, 2 4, 08010 - Barcelona

Dirección electrónica: jarp@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior y reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Apertura de la sección 5ª Liquidación:

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposiblidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el Informe del art. 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Barcelona, 20 de agosto de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid