Edicto
Dª. María del Rosario Martín Tabernero, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1/juzgado mercantil de Ávila, por el presente, Anuncio:
Que en el procedimiento seguido ante este juzgado Sección I Declaración Concurso voluntario 489/2012, N.I.G.: 05019 41 1 2012 0015822, relativo al deudor Decoraciones Sotillo, S.L., con CIF número B05164538, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 31/07/2020, firme, en cuya parte dispositiva se dispone:
"1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor Decoraciones Sotillo S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Firme la presente resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, quedando extinguida la concursada.
3.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.
4.- Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal –artículo 181.3- y el cese de su actuación."
Ávila, 31 de julio de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, María del Rosario Martín Tabernero.
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