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Documento BOE-B-2020-27926

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de septiembre de 2020, páginas 37556 a 37556 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-27926

TEXTO

Doña María Isabel Collado Cordero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Toledo, y de lo Mercantil, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección primera de Declaración de Concurso 6 /2020 y NIG n.º 45168 41 1 2020 0000055, se ha dictado en fecha treinta y uno de julio de dos mil veinte, auto de declaración del concurso del deudor don Pedro Jesús Bastidas Miguel, con documento nacional de identidad 04186386-G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Talavera de la Reina (Toledo).

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición. Se ha designado, como Administración concursal a don Emilio Fernando Gutiérrez Gracia, con domicilio postal en calle San Clemente 11-C, local 2, de Talavera de la Reina, y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, concurso.pjbastidasmiguel@gmail.com.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5.º Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 31 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Collado Cordero.

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