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Documento BOE-B-2020-27137

Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, durante cinco años.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 27 de agosto de 2020, páginas 36556 a 36560 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2020-27137

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, en su Asamblea General celebrada el 16 de abril de 2020, cuyo texto literal, según certificación aportada, figura en el Anexo I.

Debido a la extensión del texto del acuerdo se publica como Anexo un resumen con sus características básicas. El texto íntegro del acuerdo, así como el resto de la documentación del expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica, puede ser consultado en el siguiente enlace al portal web del MAPA o, presencialmente, en la Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – Paseo Infanta Isabel, 1 – Madrid.

https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/integracion-asociativa/interprofesionales/Extensiones_Norma_tramitacion.aspx

Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo

"Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción del conocimiento y del consumo de los productos ibéricos, apoyo a la I+D+I, así como para el mantenimiento y mejora del sistema informático de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, durante cinco años.

En la reunión del 16 de abril de 2020 de la Asamblea General de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, se tomó el acuerdo siguiente por mayoría del 90,6% de los votos (se abstuvieron AECERIBER y APRIBER).

Objetivos de la extensión de norma.

1. La Promoción del conocimiento y del consumo de los productos ibéricos.

2. Promover programas de investigación, desarrollo y estudios que impulsen procesos de innovación en el sector, que mejoren la incorporación de la tecnología, tanto en procesos productivos como en la competitividad de los sectores implicados y realizar estudios que redunden en un mejor posicionamiento de los productos en los mercados.

3. Mantenimiento y mejora del sistema informático de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos, ÍTACA, y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.

4. La gestión, el seguimiento y control del cumplimiento de la extensión de norma.

Período de vigencia.

Se solicita la extensión de norma y la aportación económica obligatoria para las cinco campañas siguientes a la entrada en vigor de la orden ministerial correspondiente. Se entiende por campaña, el periodo que va desde el 01 septiembre de un año hasta el 31 de agosto del año siguiente. La aportación económica obligatoria tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2026.

Propuesta de actuación para la extensión de norma.

Se desarrollarán acciones:

A. Información y promoción de los productos del cerdo ibérico en el mercado interior, en terceros países y otros mercados dirigidos a consumidores, restauración, escuelas de hostelería, profesionales de la salud y a generadores de opinión. Igualmente, se actuará en defensa de la mejora de la imagen del sector y sus producciones. Acciones dirigidas a aumentar el conocimiento y el consumo de nuestros productos

B. Apoyo y promoción de programas de investigación, desarrollo y estudios que impulsen procesos de innovación tecnológica en sanidad y bienestar animal, en higiene y seguridad alimentaria tanto en procesos productivos como en la competitividad de los sectores implicados. Difusión de los resultados y la formación de los operadores.

C. Mantenimiento y mejora del sistema informático de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos, ÍTACA y otros sistemas de trazabilidad, que contribuye a la trazabilidad en la cadena. El eje vertebrador de la acción de ASICI gira en torno a la gestión de la identificación de:

- Animales con crotales.

- Jamones y paletas con precintos de norma de calidad.

- Cañas de lomo y de los productos curados transformados, con tags/RFID.

- Verificación de la información registrada en ÍTACA y su mantenimiento hasta los puntos de venta.

D. Establecer el sistema de gestión, realizar el seguimiento y control del cumplimiento de la extensión de norma.

Aportaciones económicas: cuotas, bases de aplicación y destino

La aportación económica total para cada campaña será de sesenta céntimos de euro por cerdo ibérico sacrificado/canal de ibérico.

La aportación económica total se compone de dos tramos:

1) El primero, de cuarenta y cuatro céntimos de euro (0,44€), para los objetivos 1, 2 y 4 anteriormente mencionados, se aplicará a todos los cerdos sacrificados como ibéricos, incluidos los animales con destino a productos amparados por las DOPs. El segundo, solamente a las canales que cumplan los pesos mínimos establecidos en la Norma de Calidad.

Se entiende por cerdo sacrificado como ibérico, a los efectos de la presente extensión de norma, todo aquel cerdo que disponga de un documento con la información referente a su raza, edad y alimentación (o Informe REA) emitido por alguna de las Entidades habilitadas para ello en el marco de la Norma de Calidad del Ibérico (Entidades de Inspección o los órganos de control de una DOP)

Cada rama profesional aportará, cada campaña, el 50% de la cuota de este primer tramo. La "cuota de producción" será de 22 céntimos de euro (0,22€) y la "cuota de elaboración" de otros 22 céntimos de euro (0,22€) y se aplicarán a todos los cerdos sacrificados como ibéricos, incluidos los animales con destino a productos amparados por las DOPs.

Septiembre-Agosto

Aportación Productor (euros/cerdo)

Aportación Industria consignataria (euros/cerdo)

2021-2022

0,22

0,22

2022-2023

0,22

0,22

2023-2024

0,22

0,22

2024-2025

0,22

0,22

2025-2026

0,22

0,22

2) El segundo tramo, de dieciséis céntimos de euro (0,16€), para los objetivos 3 y 4, se aplicará íntegramente a las canales que cumplan los pesos mínimos establecidos en la norma de calidad. Las canales destinadas a productos que estén amparados por las DOPs pueden estar exentas total o parcialmente del pago de este segundo tramo dependiendo de los casos que se establecen más adelante.

Cada rama profesional aportará, cada campaña, el 50% de la cuota de este segundo tramo. La "cuota de producción" será de 8 céntimos de euro/canal (0,08€/canal) y la "cuota de elaboración" de otros 8 céntimos de euro/canal (0,08€/canal) y se aplicarán a las canales aptas por peso de los cerdos sacrificados como ibéricos y cuyas piezas se identificaron con precintos de norma de calidad

Septiembre-Agosto

Aportación Productor (euros/canal)

Aportación Industria consignataria (euros/canal)

2021-2022

0,08

0,08

2022-2023

0,08

0,08

2023-2024

0,08

0,08

2024-2025

0,08

0,08

2025-2026

0,08

0,08

Casos de exención total o parcial de este segundo tramo

Estarán exentas totalmente del segundo tramo:

2.a) Las canales no aptas por peso de cerdos sacrificados como ibéricos. Sus productos, carnes, lomos, así como jamones y paletas no podrán identificarse ni comercializarse como ibérico.

2.b) Las canales aptas para la norma de calidad, destinadas a productos amparados por las DOPs que utilicen únicamente sus precintos para la identificación de jamones y paletas y cuyas carnes y lomos no se etiqueten ni comercialicen como ibérico.

Dado que los operadores de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOPs) destinan recursos para establecer e implantar sus propios sistemas de trazabilidad como detallan en sus Pliegos de Condiciones para jamones y paletas, reconocidos por la Unión Europea, se les exime de la aportación económica de este segundo tramo.

Estarán exentas parcialmente del segundo tramo:

2.c) Las canales aptas para la norma de calidad, destinadas a obtener productos amparados por las DOPs que utilicen únicamente sus precintos para la identificación de jamones y paletas y cuyas carnes y lomos se comercialicen como ibérico.

El destinatario de dichas canales deberá contribuir a este segundo tramo aportando solo 8 céntimos de euros/canal (0,08€/canal), correspondiendo el 50% del importe a cada una de las ramas profesionales.

En los casos en que piezas (jamones y paletas) amparados por DOPs, que solo se identificaron con precintos de la DO, sean descalificadas por ésta o que el operador voluntariamente decida descalificarlas y opten a que sean identificadas con precintos de norma de calidad, el operador deberá:

· Solicitar a la interprofesional los precintos de norma de calidad aportando la trazabilidad de las piezas

· Aportar las cuotas que en su día estuvieron exentas: 0,08 euros/canal si las carnes y lomos se comercializaron como ibérico o 0,16 euros/canal si se optó por comercializar fuera de norma de calidad las carnes y los lomos.

Estarán exentos del pago de las cuotas de esta extensión de norma, primer y segundo tramo, los cerdos que no tengan un documento con la información referente a su raza, edad y alimentación (o Informe REA) emitido por alguna de las Entidades habilitadas para ello en el marco de la norma de calidad del ibérico (Entidades de Inspección o los órganos de control de una DOP). Por tanto, sus productos, carnes, lomos, así como jamones y paletas no podrán identificarse, ni etiquetarse, ni comercializarse como ibérico.

Los recursos que generen las aportaciones de los operadores se destinarán, con la distribución y en los porcentajes siguientes, al cumplimiento de los objetivos de esta extensión de norma:

Objetivo % Recursos
1. Promoción de los productos ibéricos 58
2. I+D+i 10
3. Mantenimiento y mejora del sistema informático de trazabilidad y calidad de los productos, ÍTACA, y coadyuvar al cumplimiento de la Norma de Calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico. 25
4. Gestión, seguimiento y control de la EN 7

Los ganaderos de cerdos ibéricos tendrán la función de comunicar diariamente a ÍTACA las salidas a sacrificio de todos los lotes de cerdos con su trazabilidad correspondiente.Los recursos generados por las aportaciones solo podrán destinarse a los fines establecidos en esta extensión de norma, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 381994, de 30 de diciembre.

Los mataderos de cerdos ibéricos tendrán la función de registra diariamente en ÍTACA, los informes de sacrificio de cada uno de los lotes sacrificados, con la trazabilidad de los animales y de los productos a comercializar utilizando las denominaciones de venta y los precintos que establece el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero (Capítulos II y IV). De los lotes de sacrificio con productos amparados por las DOPs, solo comunicarán el código del lote de sacrificio y el número de animales de cada lote. No registran los códigos de los precintos DO.

Las industrias tendrán la función de mantener la trazabilidad de los productos hasta su comercialización y comunicar en ÍTACA, si aplica, la transmisión de códigos de piezas/precintos entre operadores.

Toda la información generada como consecuencia de la extensión de norma será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Las organizaciones integrantes de ASICI tendrán la obligación de colaborar en la puesta en marcha y desarrollo de esta extensión de norma entre sus asociados y facilitarán a la Interprofesional el apoyo necesario para informar sobre su implantación y/o desarrollo, así como para la resolución de posibles incidencias.

Madrid, 4 de agosto de 2020.- El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

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