Don Arturo Visus Sanz, Letrado Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Castellón,
Hace saber: En este Tribunal se tramita Procedimiento Ordinario [O.R.D] - 000331/2020, a instancia de Joaquín Baltasar Torres Navarro y María Teresa Torres Navarro, frente a Rosario Navarro Bosch, Francisca Navarro Brosch, Liduvina Navarro Bosch, Fernando Navarro Domingo, Vicente Navarro Domingo, María José Navarro Domingo y Juana Navarro Domingo, y cuantos pudieran considerarse interesados y acreditar un interés legítimo sobre la finca de referencia: Porcion de terreno rustico en término del Grao de Castellón, (Castellón), partida Patos, de quinientos setenta y ocho metros cuadrados (578 m2) de superficie. Linda: Norte, parcela 66 propiedad de don Antonio José Vilarroya Gómez; sur, parcela 64 propiedad de don Hipólito Benages Guillamón; este, parcela 65 propiedad de CAMPSA, y oeste, camino que en el catastro se encuentra identificado con el número 9006 de parcela catastral. Referencia catastral.- 12900A900062000UI. Inscripción.- Tomo 546 del Archivo libro 38 de Castellón, Sección Norte, folio 147, finca número 3028/C, actualmente 43.925, inscripción 3 del Registro de la Propiedad de Castellón número 5. Idufir.- 12013000020362. Cargas: Libre de cargas y gravámenes, y al corriente de pago de todo tipo de gastos e impuestos. Por cuantía de 9000 euros, en el que se ha dictado la resolución que literalmente dice:
Decreto
Letrado Administración de Justicia: Don Arturo Visus Sanz
En Castellón, a diecisiete de junio de dos mil veinte.
Parte dispositiva
Acuerdo:
- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador de los Tribunales, Ricart Andreu, Pablo Vicente en nombre y representación de Joaquín Baltasar Torres Navarro y María Teresa Torres Navarro, frente a Rosario Navarro Bosch, Francisca Navarro Brosch, Liduvina Navarro Bosch, Fernando Navarro Domingo, Vicente Navarro Domingo, María José Navarro Domingo y Juana Navarro Domingo.
- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.
- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la contesten en el plazo de veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:
- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC).
- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC).
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Letrado Administración de Justicia que lo dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El Letrado Administración de Justicia
Para que se tenga conocimiento por cuantos pudieran tener y acreditar un interés legítimo sobre la finca de referencia, objeto del presente procedimiento y puedan personarse en el mismo.
Castellón, 17 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Visus Sanz.
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