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Documento BOE-B-2020-26357

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 17 de agosto de 2020, páginas 35375 a 35375 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-26357

TEXTO

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xuzgado do Mercantil de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con en la Sección Quinta de Convenio del Concurso 0000085/2016 se ha dictado en fecha 31 de julio de 2020, Auto cumplimiento de convenio del deudor CONSTRUCCIONES MOUZO Y SOUTO, S.L., con CIF B-15.339.906, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial de Bertoa, calle Titanio, Parcela B-13, Nave 2 de Carballo, se ha acordado:

Declarar íntegramente cumplido el convenio de acreedores de CONSTRUCCIONES MOUZO Y SOUTO, S.L., aprobado en virtud de Sentencia de 21 de julio de 2016.

Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 y 140, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.

A Coruña, 31 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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