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Documento BOE-B-2020-26302

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la asociación empresarial denominada "Clúster Internacional del Pádel", en siglas CIP, con número de depósito 99105950.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 15 de agosto de 2020, páginas 35316 a 35316 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2020-26302

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Jaime Ferrer Carreras mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2020/000770.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Jaime Ferrer Carreras, en representación de SPORTPANEL, S.A., D.ª Mireia Álvarez Nieto, en representación de Endless Performance, S.L., D. Alex Pardo Fresnedo, en representación de Babolat V.S. España S.A., D. Patricio Tarradas Bultó, en representación de Royal Pádel Sportsystem, S.L., D. Jorge Gómez de la Vega Romero, en representación de STAR VIE, S.L., todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización se fija en la Ronda Maiols, 1 Edificio BMC – Oficina 116 - 08192 Sant Quirze del Vallès (Barcelona), su ámbito territorial es nacional y el funcional es el establecido en el artículo 6 de sus estatutos.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 4 de agosto de 2020, La Directora general, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre). El Subdirector general de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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