Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-2580

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se hace público el acuerdo de modificación de la concesión otorgada por el consejo de la autoridad portuaria de baleares a servicios y concesiones marítimas ibicencas, s.a. para la "Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el pantalán de la cuarentena del puerto de Palma" de la que es titular TANIT IBIZA PORT, S.A. (ref. GSP.131).

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2020, páginas 3468 a 3468 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2020-2580

TEXTO

En sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares celebrada el 20 de noviembre de 2019 fue adoptado el acuerdo de autorizar a TANIT IBIZA PORT, S.A., la modificación de la concesión de la que es titular, otorgada por resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares de fecha 16 de junio de 2010 para la "Gestión de puestos de amarre para embarcaciones de recreo en el pantalán de la cuarentena del puerto de palma" de la que es titular TANIT IBIZA PORT, S.A. (ref. GSP.131), y la ampliación de su plazo de vigencia en 4,5 años, hasta alcanzar un total 13,5 años, ajustadamente a las condiciones establecidas en el título inicial y las incorporadas en el mencionado acuerdo, que las sustituirán en aquello en que las contravengan.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.

De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Palma de Mallorca, 10 de enero de 2020.- El Director, Juan Carlos Plaza Plaza.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid