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Documento BOE-B-2020-24916

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 3 de agosto de 2020, páginas 33289 a 33289 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-24916

TEXTO

EDICTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,

Hace saber:

1.-Que en el Concurso Abreviado 486/2018 por Auto de fecha 16/05/2018 se ha declarado el concurso de YEGUADA DE MILAGRO, S.A., con CIF A-50093616, acordando la simultánea conclusión, que ha sido dejada sin efecto por la Audiencia Provincial.

2.-Que por Auto de fecha 06/07/2020 se ha mandado seguir el concurso, acordando:

Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

La identidad de la Administración concursal es Lener Administradores Concursales, S.L., con domicilio en Paseo de la Castellana, 23 – 1.ª planta – 28046 Madrid y de correo electrónico concursoyeguadamilagro@lener.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 29 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesú Palmero Sandín.

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