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Documento BOE-B-2020-22755

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar referente al acuerdo de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la primera fase de la adecuación al reglamento técnico sobre seguridad de presas y embalses de la presa de María Cristina y adenda al mismo. (Castellón). Clave:08.118.199/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 18 de julio de 2020, páginas 30314 a 30315 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-22755

TEXTO

Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2018 del Director General del Agua se aprobó el Proyecto de referencia.

La información pública del proyecto, así como la relación de bienes y derechos afectados se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 19 de abril de 2017, Boletín Oficial de la Provincia de Castellón de 25 de abril de 2018, Diario Mediterráneo de Castellón de 24 abril de 2017, y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Castellón.

De acuerdo con lo establecido en el art. 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en los proyectos de obras que comprendan la descripción de manera detallada de los bienes y derechos afectados se entenderá implícita la necesidad de ocupación.

La ejecución del citado proyecto se encuentra recogida en el anexo 10 del Programa de Medidas del Plan Hidrológico de Cuenca. Se trata de la medida 08M1124 relativa al mantenimiento y conservación de las presas de la Confederación Hidrográfica del Júcar destinadas a la regulación para el suministro en alta.

El Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (ciclo 2015-2021) se aprobó mediante Real Decreto 1/2016 de 8 de enero (BOE del 19).

La aprobación del citado Plan Hidrológico lleva implícita la declaración de utilidad pública de la citada medida según establece el art. 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas de 20 de julio de 2001.

El artículo 16.2 de la Orden TEC/1425/2018, de 17 de diciembre, delegó en los Presidentes de las Confederaciones Hidrográficas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al titular del Departamento en materia de expropiación forzosa incluido el acuerdo de inicio del expediente expropiatorio.

Vistos los citados preceptos y demás norma de general aplicación, y una vez cumplidos los tramites que establece la Ley de Expropiación Forzosa, la Presidencia de este Organismo, declara la necesidad de ocupación de los bienes y derechos para poder ejecutar la obra de referencia:

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS. T.M. CASTELLON

POLIGONO.

PARCELA

USO

SUPERFICIE TOTAL

EXPROPIACION

PROPIETARIOS

100

2

Pasto Arbustivo

4.064 m2

4.064 m2

Manuel Eugenio Macian Chiva

100

3

Pasto con Arbolado

62.222 m2

16.968 m2

Mº Eugenia Mezquita Miralles

Manuel Eugenio Macian Chiva

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional o potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dicta el presente acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Valencia, 8 de junio de 2020.- Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Manuel Ignacio Alcalde Sánchez.

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