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Documento BOE-B-2020-22282

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 16 de julio de 2020, páginas 29720 a 29720 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-22282

TEXTO

Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Murcia con el nº 633/2019 y NIG nº 30030 42 1 2019 0011023, se ha dictado en fecha 7 de junio de 2.019 auto de declaración de concurso voluntario consecutivo del deudor don Santiago Espinosa Lozano con DNI. Nº 34.836.979-Y, cuyo domicilio lo tiene en la calle Rafael Alberti nº 2, 2º F, 30.110 Cabezo de Torres (Murcia).

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como Administración concursal a don Santiago Espinosa Lozano con domicilio postal en calle Gran Via Escultor Salzillo nº 15, 5º, 30.004 (Murcia), teléfono fijo 968-355151 y teléfono móvil 600-301528, y dirección electrónica pedro.palazon@sector3.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es

Murcia, 1 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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