Concurso abreviado Vidamoli, S.L.
Edicto.
Don. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 607/2020 por auto de fecha 15 de junio de 2020, se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 176 bis 2 y 3.
Segundo.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
Tercero.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 15 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
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