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Documento BOE-B-2020-20960

Anuncio de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, Servicio de Fluidos y Metrología del Gobierno del Principado de Asturias sobre la información pública de la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública del proyecto de gasificación de los núcleos de Polanava y Buyeres, en el concejo de Nava, mediante red de Gas Natural MOP 5 bar. Expediente: 107513/GAS.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 7 de julio de 2020, páginas 28059 a 28061 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2020-20960

TEXTO

A los efectos previstos en el art.º 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y sus modificaciones, en el Título V de la citada Ley 34/1998, puesto en relación con los arts. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, en el Decreto 38/94, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias, en la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), y teniendo en cuenta el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se somete a Información Pública, durante un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, obviamente sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional tercera del RD 463/2020, relativa a la "Suspensión de plazos administrativos", la siguiente solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución, su correspondiente estudio preliminar del impacto ambiental y declaración de utilidad pública:

Expediente: 107513/GAS.

Peticionario: NED ESPAÑA DISTRIBUCION GAS, S.A.U., con domicilio en la c/ Galeno 2294, Polígono Industrial de Roces, CP 33211, de Gijón (Asturias).

Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública del proyecto de gasificación de los núcleos de Polanava y Buyeres, en el concejo de Nava, mediante red de gas natural MOP 5 bar.

Descripción de las instalaciones: En el marco de su política de ampliación del ámbito de gasificación y mejora de la calidad del suministro de los concejos del Principado de Asturias, NED ESPAÑA DISTRIBUCION GAS, S.A.U., ha decidido acometer la construcción de las infraestructuras de gas natural necesarias para gasificación de los núcleos de Polanava y Buyeres, en el concejo de Nava. Por ello, el objeto del proyecto de gasificación de los núcleos de Polanava y Buyeres, en el concejo de Nava, suscrito por don Mario Chamorro Rebollo, Ingeniero Técnico Industrial, Colegiado n.º 6989, Visado n.º 2000494, de fecha 11/03/2020, en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales del Principado de Asturias, es solicitar:

- Autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las siguientes instalaciones:

· Red de distribución de gas natural, con canalización de gas natural (MOP ≤ 5 bar), que se distribuye de la siguiente forma:

· Polietileno PE 100-SDR 17/17,6 (DN 110 mm), con una longitud de tubería de 1.826 m.

· Acometidas, con canalización de gas natural (MOP ≤ 5 bar), que se distribuye de la siguiente forma:

· Polietileno PE 100-SDR 11 (DN 32 mm), con una longitud de tubería de 40 m.

· Polietileno PE 100-SDR 11 (DN 110 mm), con una longitud de tubería de 5 m.

- Declaración de utilidad publica de las instalaciones anteriormente indicadas.

Presupuesto: 190.140,93 euros.

Bienes y derechos afectados: El presente apartado recoge la relación de bienes o parcelas privadas pertenecientes al concejo de Nava, afectadas por el presente proyecto, resumiendo para cada caso el alcance y la modalidad de la afección correspondiente.

La Protección de la infraestructura gasista se debe realizar al amparo de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.

Las afecciones a la propiedad de las fincas derivada de la construcción del presente proyecto son:

- Servidumbres de paso.

La instalación de la red de distribución conlleva la imposición de una servidumbre permanente de paso subterráneo de instalación de gas en una franja de 2 metros de ancho (1 metro a cada lado del eje de la canalización), por donde discurre enterrada la tubería de la conducción de gas, según queda detallado en el Plano Tipo anexo nº SG-MP-01 (Servidumbre de la conducción hasta 5 bar) y comprenderá:

· La ocupación del subsuelo por la canalización a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable.

· El establecimiento de los elementos de protección, control, comunicación y dispositivos auxiliares necesarios para las instalaciones de distribución de gas.

· El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones de distribución y sus instalaciones accesorias.

· La ocupación temporal de los terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados, o a los de modificación o reparación de la Red.

Además, la constitución de la servidumbre llevará aparejadas las siguientes limitaciones de dominio:

· Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 cm., así como la de plantar árboles o arbustos de tallo alto, a una distancia inferior a dos metros (2m), a contar desde el eje de la tubería.

· Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiere dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a 2 metros del eje del trazado de la conducción, a uno y otro lado del mismo, aunque tengan carácter temporal o provisional, sin el consentimiento expreso de la compañía.

· Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los danos que se ocasionen.

· Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

· Y, en general, el respeto a las condiciones y limitaciones que se impongan en cada momento por la normativa vigente por razones de seguridad.

- Ocupación Temporal.

La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en planos parcelarios.

En esta zona de ocupación temporal se podrán realizar las obras de canalización objeto del proyecto, eliminando temporalmente cualquier obstáculo y principalmente se efectuarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando todos los trabajos u operaciones precisas para dichos fines, procediendo a la reparación de los terrenos a sus condiciones originales.

A continuación se recoge la relación de bienes o parcelas pertenecientes al concejo de Nava, afectadas por el presente proyecto.

AFECCIÓN AFECCIÓN AFECCIÓN
FINCA Nº LOCALIZACIÓN TITULAR/CONTACTO SERVIDUMBRE DE PASO (ml) OCUPACIÓN TEMPORAL (m2) PLENO DOMINIO (m2) REFERENCIA CATASTRAL PLANO Nº MUNICIPIO CLASE
AS NAV-01

Polígono 79, Parcela 115

FONTICA-NAVA

(ASTURIAS)

AYUNTAMIENTO DE NAVA

LG NAVA

33520 NAVA

9 52 - 33040A079001150000YH

PA-NVA 190123-201

NAVA RÚSTICO
AS NAV-02

Polígono 79, Parcela 118

VIGILLINA-NAVA

(ASTURIAS)

ROSAURA DEL SASTRE RODRIGUEZ 82 707 - 33040A079001180000YB

PA-NVA 190123-201

NAVA RÚSTICO

A este efecto, para garantizar tanto que la documentación sometida a información pública tenga tanto la máxima difusión como que se respeten escrupulosamente las medidas de confinamiento previstas en dicho RD 463/2020, durante los treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica de esta Administración, www.asturias.es, dentro del apartado "Temas", subapartado "Industria y Energía", subapartado "Servicios relacionados con el gas, instalaciones y metrología", subapartado "Información pública", cualquier usuario podrá acceder a la documentación técnica presentada en formato digital por la promotora.

Durante el plazo señalado de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio o, en su caso, a contar desde la finalización del Estado de Alarma, se podrán presentar en la forma prevista en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que se estimen oportunas, dirigidas a Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, Servicio de Fluidos y Metrología, Plaza de España, n.º 1, 3.ª planta, C.P. 33007 de Oviedo), si bien durante la vigencia del Estado de Alarma solamente podrán presentarse escritos de alegaciones a través del registro electrónico.

Oviedo, 27 de abril de 2020.- El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica (P.D. Resolución de 5/9/2019, BOPA del 10 de septiembre) La Directora General de Industria, Rosana Prada Otero.

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