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Documento BOE-B-2020-20457

ARGANDA DEL REY

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 6 de julio de 2020, páginas 27407 a 27407 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-20457

TEXTO

Edicto.

Don Pedro Manuel Moreno Palancar, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3, de Arganda del Rey-Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso consecutivo número 323/2019, frente a doña Eva María Racionero Varea y don Miguel Molina Moya.

Que con fecha de 17 de junio de 2020 se ha dictado Auto en el que se declara concluso el procedimiento concursal número 323/2019 referente al/los deudor/es doña Eva María Racionero Varea y don Miguel Molina Moya, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones, así como el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes. Asimismo, admite provisionalmente la exoneración del pasivo insatisfecho. Transcurrido el período de cinco años sin que se hubiese revocado dicha concesión se podrá solicitar por el deudor la concesión definitiva, estableciéndose que si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. Por último, se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Contra este Auto no cabe recurso alguno.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción número 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia.

Arganda del Rey, 17 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Pedro Manuel Moreno Palancar.

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