BDNS (Identif.): 511620.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades Colaboradoras y Beneficiarios.
Podrán presentar solicitud las comunidades autónomas de Baleares y Canarias, y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que actuarán como entidades colaboradoras.
Los beneficiarios de estas ayudas serán las federaciones autonómicas, y los equipos y deportistas de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, participantes en competiciones oficiales de carácter estatal y no profesional, que cumplan con los requisitos mencionados en los apartados Primero y Segundo de dicha convocatoria.
Segundo. Objeto.
El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para compensar los gastos incurridos por deportistas y equipos de las comunidades autónomas de Baleares y Canarias, y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, por:
- Sus desplazamientos a competiciones oficiales de carácter estatal no profesional, aprobadas en los calendarios de las diferentes Federaciones Españolas, y realizadas entre el 1 de septiembre de 2019 y 31 de agosto de 2020.
- El transporte del material de competición específico, en aquellas pruebas deportivas en las que su uso sea imprescindible, y siempre y cuando se trate de competiciones oficiales de carácter estatal, celebradas entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por las demás normas vigentes que resulten aplicables. Se puede consultar esta Orden en la página web: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf
Cuarta. Cuantía.
El importe máximo a conceder con cargo a la presente convocatoria es de 3.000.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 336 A 455 (12 11).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
Sexto. Forma de las Solicitudes.
Las solicitudes por parte de las comunidades y ciudades autónomas mencionadas, deberán presentarse de modo telemático, a través de la Sede Electrónica del CSD, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es. y deberán estar firmadas mediante una firma electrónica acorde con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
La instancia de solicitud normalizada, así como los Anexos correspondientes, se encuentran disponibles en la Sede Electrónica del CSD, accediendo al Catálogo de Trámites, y dentro de éste, en "ayudas y subvenciones", trámite 991952.
Séptimo. Otros datos.
No se aceptarán otros Anexos que no se ajusten al modelo facilitado en la Sede Electrónica
Madrid, 17 de junio de 2020.- La Presidenta del Consejo Superior de Deportes. Irene Lozano Domingo.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid