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Documento BOE-B-2020-18244

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre aprobación definitiva del "Estudio de Delimitación y Modificación de Línea Límite de Edificación en el margen izquierdo de la autovía B-10, entre los pp.kk. 15+808 y 16+207, en el Término Municipal de Barcelona". Clave: LLE-19-B-2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 22 de junio de 2020, páginas 24637 a 24637 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-18244

TEXTO

Con fecha 4 de junio de 2020 el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por delegación del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio), ha resuelto aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos para el tramo comprendido entre los pp.kk. 15,808 y 16,207, de la autovía Ronda Litoral B-10, en el Término Municipal de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

El texto íntegro de la Resolución, podrá ser consultada, en días hábiles y horas de oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, sita en la Calle de la Marquesa, 12 de Barcelona, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede Interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Barcelona, 15 de junio de 2020.- Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras, Luis Bonet Linuesa.

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