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Documento BOE-B-2020-16863

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 15 de junio de 2020, páginas 22852 a 22852 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-16863

TEXTO

EDICTO

Doña Fernanda Abiega Gil, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N° 1 de Bilbao, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LCon),

ANUNCIA

1.º- Que en el procedimiento número 305/2020, NIG n.º 48.04.2-20/005725, por auto de 8 de junio de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Igor Madariaga Ugalde, con DNI/NIF 78874138P, con domicilio en calle Juan Calzada n° 107, 2° C - 48300 Gernika-Lumo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio.

La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley Concursal.

2°.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

3.º- Que la Administración concursal está integrada por don Pedro Rodriguez Vidarte.

Domicilio postal: Calle Ercilla, 18-5° izq. 48009 Bilbao.

Dirección electrónica: med.madariagaugalde@gmail.com

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCon.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquél se remiten, se publicarán en la Sección 1ª de Edictos concursales del REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL (art. 23.1 LC y art. 7RD 892/2013).

Bilbao, 8 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.

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