Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-15600

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 8 de junio de 2020, páginas 21224 a 21225 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-15600

TEXTO

Edicto.

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil, n.º 1, de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en Seccion I Declaracion Concurso 247/2020-C seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 2 de junio de 2020, Auto de declaración de concurso y acordando simultáneamente la conclusión del concurso de la entidad, ARANA MULTIMARCA, S.L., CIF B70544903, siendo del tenor literal que sigue:

"DISPONGO:

1.º) Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la solicitud de concurso voluntario presentada por la procuradora Sra. María Trillo del Valle, en nombre y representación de ARANA MULTIMARCA S.L. domiciliada en calle Manzanares nº 77 de Ribeira, CIF B-70544903, inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, al tomo 324, folio 199, inscripción 1, hoja SC-49361.

2.º) Declaro en situación legal de concurso voluntario a ARANA MULTIMARCA S.L., CIF B-70544903, inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, al tomo 324, folio 199, inscripción 1, hoja SC-49361.

Acuerdo simultáneamente la conclusión del concurso declarado por insuficiencia de masa activa, la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto una vez que sea firme.

3.º) Publíquese un extracto de la declaración de concurso, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado conteniendo los datos a que se refiere el actual artículo 23. 1 de la Ley concursal. El traslado del oficio con el edicto se hará, de ser ello posible, de forma telemática, o a través del procurador de la solicitante si no fuere posible lo anterior.

Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial a los efectos prevenidos en el artículo 184. 1 de la Ley concursal. Comuníquese a la AEAT y a la TGSS.

Notifíquese la presente resolución a la Diputación Provincial de A Coruña y al Concello de Ribeira.

Publíquese esta resolución en la Sección Primera del Registro Público Concursal, regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre.

Así lo acuerda manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrada- Juez en el Juzgado de lo Mercantil Número uno de A Coruña.

Modo de Impugnación.-

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días que se contarán a partir de las notificaciones que dispone, con simultánea constitución del depósito legalmente exigido, en su caso".

A Coruña, 2 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid