Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-14437

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 25-05-2020 en relación con el uso del agua para riego durante 2020 de los embalses de Torre Abraham, Gasset y Vicario, en el sistema oriental de la cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 29 de mayo de 2020, páginas 19695 a 19697 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-14437

TEXTO

I. Motivación

En cumplimiento de lo indicado en el artículo 55 de la Ley de Aguas (Texto Refundido aprobado por RDL 1/2001) (TRLA), en el artículo 90 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico (aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril) (RDPH), así como en la Normativa del Plan Hidrológico de la parte Española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (aprobada por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero) (PH), se han venido sucediendo diferentes acciones encaminadas a fijar un régimen de explotación de los embalses establecidos en los ríos del Sistema oriental de la cuenca del Guadiana, para adaptar la utilización de los aprovechamientos a los recursos existentes.

Por Orden TEC/1399/2018 de fecha 28 de noviembre de 2018 se aprobó la revisión del Plan Especial de Sequía (PES) de la Cuenca del Guadiana, comenzándose a aplicar tras su publicación en el BOE. Conforme al indicado PES, existen dos calificaciones de sequía, la sequía prolongada que define la sequía de carácter ambiental, y la escasez que define la sequía socioeconómica (afección a los usos del agua). La cuenca se ha dividido en unidades territoriales de sequía prolongada o UTS (hay 21) y en unidades territoriales de escasez o UTE (hay 20). En cada una de esas unidades territoriales se definen sus indicadores de estado (índice de sequía prolongada en UTS e índice de escasez en UTE). Los indicadores de sequía prolongada se determinan a partir de datos de estaciones de precipitación de la unidad territorial, a través del índice estandarizado de precipitación. Por su parte, los índices de escasez se determinan a partir de datos de embalse, evolución de piezómetros, y/o índices de precipitación. A primeros de cada mes se determina el valor de estos indicadores conforme al vigente PES. Finalmente, a partir de esos índices se califica en cada Unidad territorial la situación de sequía prolongada (existencia o no de ella), y de escasez (escenarios de normalidad, prealerta, alerta y emergencia).

Con fecha de 23 de marzo de 2020 se reunió la Oficina Técnica de la Sequía para el análisis de la situación según el vigente Plan Especial de Sequía (PES) de la Cuenca del Guadiana. De acuerdo con los indicadores del PES vigente, a 1 de marzo, existía escenario de sequía prolongada en siete Unidades territoriales de sequía: UTS 09 – Guadiana Medio; UTS 13 – Ruecas; UTS 14 – Matachel; UTS 15 – Aljucén-Lácara-Alcazaba; UTS 16 – Guadajira-Entrín-Rivillas; UTS 18 – Olivenza-Alcarrache; y UTS 19 – Ardila. Respecto a la escasez, la situación era de escenario de prealerta por escasez las UTE de Tirteafuera (UTE 08), Sistema General (UTE 09), Alto Zújar (UTE 11), Alange-Barros (UTE 13), Aljucén-Lácara-Alcazaba (UTE 14), Villar del Rey (UTE 16) y Chanza-Andévalo (UTE 21); de Alerta en las UTEs de Mancha Occidental (UTS 01), Gigüela-Záncara (UTE 03) y Jabalón-Azuer (UTE 04) en el Sistema Oriental y la UTE-18 – Tentudía en el Sistema Central; y de Emergencia en la UTE de Gasset-Torre de Abraham (UTE 05), Vicario (UTE 06) y Piedra Aguda (UTE 17), así como situación de emergencia de facto en el embalse la Vega del Jabalón (UTE 04 Jabalón-Azuer).

En esta situación, y de acuerdo con el PES vigente, en la UTE 05 Gasset-Torre de Abraham y UTE 06 Vicario, se debería:

- Informar a los usuarios sobre la situación y expectativas de evolución de los recursos utilizables, con el fin de que programen sus actividades futuras, conforme al artículo 35.2 del Plan Hidrológico, recomendando a las comunidades de regantes que se valore la oportunidad de aconsejar cultivos que requieran menores dotaciones. En ese sentido se celebraron reuniones de la Junta de Explotación Oriental el 4 de febrero de 2020 y Junta de Explotación Occidental el 5 de febrero de 2020.

- Reducir las dotaciones para afrontar la campaña de riego, con base en el artículo 55 de la Ley de Aguas y el Artículo 90 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico y en el artículo 35.3 del Plan Hidrológico. Los recursos disponibles propuestos para riego en cada campaña se corresponderán con el volumen embalsado al inicio de la campaña menos la reserva establecida en las UTEs (la reserva se corresponde con el volumen embalsado en la unidad territorial en el mes de abril que permite la satisfacción de la demanda de dos años de abastecimiento y usos industriales, un año adicional de campaña agraria de apoyo a los cultivos leñosos, cumpliendo con los requerimientos ambientales y los volúmenes mínimos de embalse, y considerando unas aportaciones en la unidad territorial de al menos los dos años más secos del periodo 1980/81-2011/12).

En la Comisión de Desembalse del 1 de abril de 2020, previa deliberación en Junta de Explotación Oriental de fecha 25 de marzo de 2020 y Occidental de 26 de marzo de 2020, confirmadas las aportaciones, vista la situación de indicadores, escenarios y los criterios de gestión del vigente PES, y conforme lo establecido en el artículo 55 del TRLA., artículo 90 del RDP y artículo 35 de la Normativa del PH, se propuso que no se podrán atender los riegos con aguas superficiales reguladas de las Zonas Regables (ZZ.RR.) de Vicario, Gasset y la Torre de Abraham salvo cultivos permanentes (reserva del PES: 650.000 m³ para la Z.R. Vicario, 260.000 m³ para la Z.R. Gasset y 190.000 m³ para la Z.R. de La Torre de Abraham, desde sus respectivos embalses de Vicario, Gasset y La Torre de Abraham).

El día 5 de mayo de 2020, el Comité permanente de la Comisión de desembalse, ante la solicitud de la Comunidad de Regantes (C.R.) de Torre de Abraham de fecha 28-04-2020 del empleo de volúmenes adicionales de riego dada la mejora del volumen del embalse de la Torre Abraham en el último mes, autorizaba el uso de 8,3 hm³ para la CR de Torre Abraham desde el embalse de la Torre de Abraham en la campaña 2020.

De acuerdo con el escenario de sequía del último informe de seguimiento del PES de mayo de 2020, se confirma el escenario de Emergencia de Escasez en la UTE 05 Gasset-Torre de Abraham y UTE 06 Vicario analizada en la reunión de la Oficina Técnica de la Sequía del 23 de marzo y expuesta en la Junta de Explotación Oriental y la Comisión de Desembalse.

II. Acuerdo

Por todo ello, y en uso de las facultades del artículo 90.4 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, la Junta de Gobierno, acuerda:

Primero. Medidas generales.

1. Autorizar los desembalses precisos que aseguren las adecuadas condiciones medioambientales acordes con los objetivos fijados en el Plan Hidrológico.

2. Mantener los niveles mínimos en los embalses que aseguren las adecuadas condiciones de calidad de su agua.

3. Autorizar la realización de desembalses internos en los diversos sistemas, conforme a las necesidades.

4. Delegar en el Comité Permanente de la Comisión de Desembalse la gestión diaria de los embalses y/o desembalses que fuesen precisos, y autorizar al Comité Permanente para la realización de ajustes debidamente justificados en las cifras que se señalan en los presentes acuerdos, en el caso de que se acreditase variaciones en la disponibilidad de recursos.

Segundo. Medidas en la UTE 05 Gasset-Torre de Abraham y UTE 06 Vicario.

A la vista de las disponibilidades hidráulicas actuales en los embalses de Gasset, La Torre de Abraham y Vicario, el escenario de emergencia de escasez conforme al vigente Plan Especial de Sequía y de acuerdo con lo previsto en el vigente Plan Hidrológico y en el indicado Plan Especial de Sequía de la parte española de la cuenca del Guadiana, se fijan unos volúmenes de 650.000 m³ para la Z.R. Vicario, 260.000 m³ para la Z.R. Gasset para uso de riego en cultivos permanentes desde sus respectivos embalses de Vicario, Gasset y 8,3 hm³ para la Z.R de la Torre de Abraham para uso de riego desde el embalse de La Torre de Abraham.

Tercero. Publicidad del acuerdo de la Junta de Gobierno.

Las medidas acordadas por la Junta de Gobierno serán objeto de la suficiente publicidad general, siendo objeto de publicación en la página web de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (www.chguadiana.es, que contendrá un enlace directo a ellas en su página inicial). Asimismo este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, facultándose a la Presidencia del Organismo para efectuar la inserción en el citado diario oficial.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura o ante el del mismo orden jurisdiccional en cuya circunscripción tenga su domicilio el interesado, en el plazo de dos meses contados a partir del día hábil siguiente a su publicación, o el primer día hábil siguiente al 4 de junio de 2020 si esa publicación se produce antes de esa fecha del 4 de junio, en la forma prevista por los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y teniendo en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y el artículo 8 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma.

Badajoz, 26 de mayo de 2020.- Secretario General, Roberto Carballo Vinagre.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid