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Documento BOE-B-2020-13911

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 21 de mayo de 2020, páginas 18810 a 18810 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-13911

TEXTO

Edicto.

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil, n.º 1, de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 175/2020 y NIG n.º 30030 47 1 2010 0000307, se ha dictado en fecha 14 de mayo de 2020, auto de declaración de concurso consecutivo del deudor David Pagan Albarracín, con DNI 23275596X, y domicilio en calle Venecia, n.º 1, Urbanización Torre del Obispo Manzana, n.º 6, 30800, de la localidad de Lorca.

2.º Se ha acordado que sus facultades de administración y disposición quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a la sociedad SALMA ASESORES, S.COOP., con domicilio postal en c/ Alameda de Cervantes, 50-52., Edf. Columbia, bajo, local 5, E30800 Lorca, teléfono 968 478 768, y dirección electrónica concursodavidpa@salmaaasesores.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso será la del Registro Público Concursal.

Se advierte a las partes que, conforme a la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, los plazos procesales quedan suspendidos en todos los órdenes jurisdiccionales en tanto mantenga su vigencia dicha suspensión

Murcia, 18 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

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