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Documento BOE-B-2020-12677

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 7 de abril de 2020, páginas 16678 a 16678 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-12677

TEXTO

Edicto

En la declaración de Fallecimiento que en este Juzgado de la Instancia número 21 de Zaragoza se tramita con el número 203/2020 a instancia de la procuradora doña María José Ferrando Hernández, en nombre y representación de doña Ana Isabel Romeo Cano, se ha dictado Decreto cuyo parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Parte dispositiva.

Admito la solicitud presentada por la Procuradora doña María José Ferrando Hernández en nombre y representación de doña Ana Isabel Romeo Cano, sobre declaración de fallecimiento respecto de doña Águeda Romeo Gimeno con domicilio en calle Buen Aire, número 6, del Villamayor (Zaragoza). Tengo a la referida Procuradora como comparecida y parte en la representación que acredita. En el presente procedimiento será oído el Ministerio Fiscal,

La solicitud se tramitará conforme a los artículos 67 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015.

Publíquese dos veces la presente resolución de admisión a trámite mediante edictos, con intervalo mínimo de ocho días, en la forma establecida en la LEC, en el Boletín Oficial del Estado siendo la parte actora la que se hará cargo de su diligenciado y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad en la que el ausente ha tenido su último domicilio y a tal fin, remítase oficio al Ayuntamiento de Villamayor a fin procedan a la publicación del edicto en dichos términos.

No considero necesaria ni la parte actora interesa la celebración de la comparecencia a que se refiere el artículo 17.2 en relación con el artículo 70 y 74 de la LJV por no darse ninguna de las circunstancias indicadas en el mismo.

No siendo necesaria la realización de prueba, concedo al Ministerio Fiscal el plazo de diez días para que emita su informe por escrito.

De esta resolución doy cuenta al Magistrado-Juez.

Modo de impugnación: recurso de reposición ante este/a Letrado/a de la Admón. de Justicia mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

La Letrada de la Administración de Justicia

Se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.".

Zaragoza, 21 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Raquel Blanco Lafragüeta.

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