DOÑA CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH, Letrada Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil numero 4 de Valencia, por el presente,
HAGO SABER:
Que en este juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores numero 000449/2018 habiéndose dictado en fecha 5 de marzo de 2020 por el Ilma Sra Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 4 de Valencia auto firme de conclusión de concurso VOLUNTARIO cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1.- Se declara la CONCLUSIÓN del concurso abreviado (CNA) voluntario tramitado en este Juzgado bajo el numero de procedimiento 000449/2018, promovido por la procuradora Sra Cabrera Sebastián, Begoña, en nombre y representación de la mercantil ATP RAPID, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don Juan Jose Breva Prieto, con DNI numero 19006484C, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil ATP RAPID, S.L., con CIF B96894480, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expidase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( articulo 177 de la LC ) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 31 de enero de 2020.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del RDL 3/2009) y en el Borme y asimismo en el tablón de anuncios del juzgado y mandamientos que se entregaran a la Procuradora de la concursada Cabrera Sebastián, Begoña, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llevese el original al libro de autos definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar e igualmente llevese testimonio de esta resolución a la Secion 2 del concurso.
Notifiquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177.1 LC).
Valencia, 6 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Maria Valero Domenech.
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