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Documento BOE-B-2020-10619

CERDANYOLA DEL VALLÈS

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2020, páginas 13885 a 13885 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-10619

TEXTO

EDICTO

Elvira Herrero Sanz, Letrada de la Administración de Justicia sust. del Juzgado Primera Instancia 1 Cerdanyola del Vallès (UPAD),

Hago saber que:

En el Concurso consecutivo 613/2018 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de María Mercedes Sánchez Olaria con DNI 35018735Q y domicilio en la calle POLLANCRES 8 1º 4º 08290 Cerdanyola del Vallès (Barcelona) cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"SE ACUERDA la CONCLUSIÓN del presente CONCURSO por insuficiencia de la masa activa.

Se pone en conocimiento de Doña Maria Mercedes Sánchez Olaria la posibilidad de solicitar el beneficio de EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO establecido en el art. 178 bis 4 LC, sin perjuicio de acordar el mismo de forma provisional.

Firme que sea la presente resolución procédase al archivo de las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso (Art. 177.1 LC).

Así lo acuerda, manda y firma Don Alberto Manuel Santos Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Cerdanyola del Vallès, doy fe."

La resolución es firme por no poder interponerse recurso alguno (art 177.1 LC)

Cerdanyola del Vallès, 24 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia sust, Elvira Herrero Sanz.

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