Edicto.
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de La Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 756/2013 por auto de fecha 19/02/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176.bis, 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, decretar su extinción.
Madrid, 19 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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