El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena en su sesión de 18 de diciembre de 2018, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, letra n), así como de acuerdo a lo previsto en la Disposición Transitoria Décima del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar a la mercantil "ERSHIP, S.A.U.", la ampliación de plazo inicial de 6 años a la concesión administrativa con destino a la "Descarga de cemento a granel de buques, bien por sistema neumático o bien mediante grúas, cucharas, tolvas y cintas, el almacenamiento y ensacado y la carga y pesaje para su distribución a granel o ensacado (C-4/00)".
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 88 en concordancia con el articulo 85.7 ambos del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 27 de febrero de 2019.- El Director General, Fermín Rol Rol.
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