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Documento BOE-B-2019-9208

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2019, páginas 11484 a 11484 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-9208

TEXTO

Edicto.

Don Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial:

Número de asunto. Concurso consecutivo 932/2018 Sección: B.

NIG: 0801947120188012004.

Fecha del auto de declaración. 17/12/2018.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad Concursada. Doña María Teresa Campoy Camats, con DNI 46506304M, y domicilio en la calle Faig, n.º 4, de Els Saulons de Caldes de Montbui (Barcelona).

Administradores concursales:

Se ha designado como Administración Concursal: Don Jordi Safons Vilanova, con DNI 37292780M, y que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio; Avd. Diagonal, n.º 442 bis, ppal, (08037 Barcelona). Y para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico; info@compasconcursal.com, teléfono de contacto 93 301 30 33.

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Solicitada la conclusión por insuficiencia de masa activa e informando favorablemente sobre la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la exoneración del pasivo insatisfecha, desde traslado a los acreedores por cinco días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las Resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 1 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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