Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-6476

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2019, páginas 8194 a 8194 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-6476

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal Necesario abreviado número 12/2010, de la Entidad Callao Coast SL., se ha dictado Auto el 7 de febrero de 2019, cuyos puntos principales de son del tenor literal siguiente:

"....Acuerdo:

Procede la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, dejando sin efecto la situación de concursado Callao Coast S.L., con CIF B-38.915.369, y el archivo de las actuaciones.

Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

De conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, fíjese Edicto en el Tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Registro Público Concursal y en el «Boletín Oficial del Estado» (gratuíto por tratarse de última publicación de conclusión), y líbrese mandamiento duplicado al Registro Mercantil de esta Ciudad, despachos que se entregarán a la representación procesal de la solicitante del concurso, para que se encargue de su diligenciado y su devolución, debiendo comparecer a tal fin, ante este Juzgado de lo Mercantil el día hábil siguiente a la notificación de esta resolución.

Contra el presente Auto no cabe interponer recurso alguno.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Así lo dispone, manda y firma don Néstor Padilla Díaz, Juez de Refuerzo Jat del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife...."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación el Registro Público Concursal y «BOE» ( gratuíto por tratarse de la última publicación-conclusión). Expido y firmo el presente

Santa Cruz de Tenerife, 7 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez Pablos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid