Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1568/2018, por auto dictado en fecha 19 de diciembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Agora Soluciones e Innovación, S.L.U, con CIF: B87589321.
2º.- Que la mercantil Agora Soluciones e Innovación, S.L.U. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 8 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
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